El informe pericial en procedimientos de comprobación limitada
La comprobación limitada es el procedimiento de gestión tributaria que la AEAT utiliza para verificar la correcta declaración de una obligación tributaria concreta, con un alcance más reducido que la inspección: el actuario solo puede examinar los datos declarados por el contribuyente, los datos en poder de la Administración y los datos de terceros, sin acceso a la contabilidad completa. Aunque su alcance es más limitado, la comprobación limitada puede dar lugar a liquidaciones de cuantía significativa cuando detecta discrepancias en las deducciones aplicadas, en la base imponible declarada o en el tipo aplicado. El informe pericial en el contexto de una comprobación limitada debe ser conciso y directamente orientado a demostrar que la posición del contribuyente es correcta en el aspecto concreto que la AEAT ha cuestionado.
Diferencias entre comprobación limitada e inspección: lo que el perito debe conocer
La comprobación limitada tiene restricciones procesales que el perito debe conocer para adaptar su informe: (1) el órgano de gestión no puede examinar la contabilidad del contribuyente (solo puede pedir libros de registro de IVA y documentos relacionados con los datos declarados); (2) la comprobación limitada tiene un plazo máximo de seis meses; (3) una vez concluida la comprobación limitada con liquidación firme, la Administración no puede iniciar un nuevo procedimiento de comprobación limitada sobre los mismos hechos y períodos; pero (4) la Inspección sí puede iniciar un procedimiento de inspección posterior sobre los mismos hechos si tiene nuevos indicios. Esta última circunstancia es importante para el contribuyente: una comprobación limitada resuelta a su favor no le protege frente a una posterior inspección sobre los mismos conceptos y períodos.
El informe pericial como respuesta al requerimiento de comprobación limitada
Cuando la Administración notifica una propuesta de liquidación provisional en el contexto de una comprobación limitada, el contribuyente tiene un plazo para presentar alegaciones y aportar documentación. El informe pericial que acompaña las alegaciones del contribuyente debe responder específicamente al argumento del actuario: si la AEAT cuestiona que una deducción no está suficientemente documentada, el perito aporta el análisis técnico que demuestra su procedencia; si la AEAT propone aumentar la base imponible argumentando que determinados ingresos no han sido declarados, el perito reconstruye los ingresos reales y demuestra que la propuesta de la AEAT es incorrecta. En peritojudicialtributario.es/ elaboramos informes periciales para procedimientos de comprobación limitada coordinados con LRB Tax & Legal, especialistas en defensa ante actuaciones de gestión tributaria y con ValiTax, perito judicial tributario en comprobaciones limitadas. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.