El perito en la economía digital: DAC7, creadores de contenido y plataformas bajo inspección de la AEAT

El perito en la economía digital: plataformas, DAC7 e inspecciones de creadores de contenido

La economía digital ha creado nuevas tipologías de contribuyentes que la AEAT ha convertido en focos prioritarios de su Plan de Control Tributario: los creadores de contenido digital (youtubers, streamers, podcasters, influencers), los vendedores en marketplaces (Amazon, eBay, Wallapop), los conductores de plataformas de transporte (Uber, Cabify, Bolt), los repartidores (Glovo, Just Eat) y los arrendadores de inmuebles a través de plataformas (Airbnb, Booking). La implantación de DAC7 —que obliga a las plataformas digitales a reportar los ingresos de sus usuarios a la AEAT— ha proporcionado a la Administración una cantidad masiva de datos que antes no tenía, y está generando una oleada de requerimientos e inspecciones a contribuyentes que no habían declarado (o habían infradeclarado) sus ingresos digitales.

La tributación de los creadores de contenido digital

Los creadores de contenido digital obtienen ingresos de múltiples fuentes simultáneas: monetización de YouTube (AdSense), ingresos de Twitch (suscripciones, bits, donaciones), contratos de publicidad y patrocinio con marcas, venta de merchandising, ingresos de plataformas de contenido premium (Patreon, OnlyFans), y participación en eventos presenciales. La complejidad fiscal de este modelo de negocio es alta: los ingresos en divisas extranjeras requieren conversión al tipo de cambio de cada fecha, los patrocinios pueden pagarse en especie (productos enviados para su reseña), y los gastos deducibles (equipamiento técnico, luz e internet del espacio de trabajo, viajes para crear contenido) deben documentarse y justificarse correctamente. El informe pericial puede cuantificar con precisión todos estos ingresos y gastos y refutar las estimaciones de la AEAT cuando estas son incorrectas.

La calificación de los ingresos de plataformas: actividad económica vs trabajo

Una de las controversias más frecuentes en las inspecciones de la economía digital es la calificación de los ingresos: ¿son rendimientos de actividad económica (con acceso a todos los gastos deducibles) o rendimientos del trabajo (sujetos a retención y sin deducción de gastos)? Para los creadores de contenido y los vendedores habituales en plataformas, los ingresos son generalmente rendimientos de actividad económica: existe organización propia, riesgo empresarial y pluralidad de fuentes de ingreso. Sin embargo, para los conductores de Uber o los repartidores de Glovo, la AEAT puede defender que la relación con la plataforma tiene elementos de laboralidad que convierten los ingresos en rendimientos del trabajo.

El informe pericial en regularizaciones de economía digital

Cuando la AEAT practica una liquidación por ingresos de economía digital no declarados, el informe pericial puede demostrar: que los ingresos computados por la AEAT son incorrectos (porque la plataforma reporta ingresos brutos sin descontar las comisiones de la plataforma), que los gastos deducibles son superiores a los admitidos por el actuario, o que los ingresos de determinadas operaciones no tienen la calificación fiscal que el actuario les ha atribuido. En peritojudicialtributario.es/ elaboramos informes periciales para inspecciones de economía digital coordinados con LRB Tax & Legal, especialistas en fiscalidad digital y defensa ante la AEAT y con ValiTax, perito judicial tributario en economía digital. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.