Perito tributario en inspecciones a ópticas: ventas y stock

Un perito tributario en inspecciones a ópticas reconstruye las ventas a partir de las órdenes de trabajo, las compras y el inventario de monturas y lentes, y comprueba que cada producto ha tributado al tipo que le corresponde. Esa reconstrucción es la mejor respuesta cuando Hacienda sospecha de márgenes bajos o de ventas no declaradas.

La descripción general de la tributación del sector está en nuestra guía sobre la fiscalidad de las ópticas. Este artículo se ocupa de la fase probatoria: qué se examina, cómo se ordena la documentación y qué contiene el informe que se aporta a la Administración.

Por qué las ópticas son un objetivo de comprobación

Una óptica combina varios elementos que facilitan la comparación de datos: un stock de gran variedad de referencias, un precio de venta que depende de la graduación y del tratamiento de la lente, un número elevado de cobros pequeños por datáfono y una mezcla de productos con distinto tipo de IVA. Esa mezcla es la que llama la atención. Una diferencia moderada entre compras, existencias y ventas, repetida varios ejercicios, puede traducirse en una propuesta de regularización relevante.

Las gafas graduadas y las lentes de contacto graduadas tributan, en general, al 4 %, mientras que las gafas de sol sin graduación, los estuches y los líquidos de mantenimiento tributan al 21 %. La graduación y el examen visual pueden estar exentos como asistencia sanitaria si cumplen los requisitos del art. 20.Uno.3.º de la Ley del IVA, pero la exención recae sobre el servicio, no sobre la venta del producto. Es una matización que conviene tener presente al analizar cada ticket.

La orden de trabajo como pieza central de la prueba

En una óptica, cada venta de gafa graduada genera una orden de trabajo: la receta o medición, la montura elegida, las lentes con sus tratamientos, el laboratorio, la fecha de entrega y el precio. Es el documento que une la venta con su coste, y por eso el perito lo toma como eje de la reconstrucción. Con una muestra de órdenes, se calcula el margen real por tipo de producto y se compara con el margen que resulta de la contabilidad.

  • Órdenes de trabajo numeradas, con control de las anuladas y repetidas.
  • Albaranes y facturas del laboratorio que talla o monta las lentes.
  • Facturas de monturas por marca y referencia, con su precio de coste.
  • Tickets de venta, cobros por datáfono y cierres de caja diarios.
  • Registro de devoluciones, garantías y cambios de graduación.

El perito comprueba que cada orden termina en una factura o ticket, que las anuladas están justificadas y que el coste del laboratorio corresponde a una venta real. Cuando la numeración tiene saltos o las órdenes se repiten, explica el motivo con documentos, porque la inspección interpreta una numeración inexplicada como un indicio de ventas no registradas.

Existencias de monturas y lentes

El inventario de una óptica tiene dos bloques bien distintos: las monturas, con rotación lenta y fuerte componente de moda, y las lentes, que normalmente se piden contra una orden y apenas se almacenan. Las monturas se valoran por el menor importe entre coste y valor neto realizable, y las colecciones antiguas pierden valor. Las lentes de contacto y los productos de mantenimiento tienen caducidad.

El perito realiza o verifica un inventario físico de una muestra, lo coteja con el inventario contable y analiza las diferencias. Si el centro ha realizado ajustes de valor, comprueba que tienen respaldo en la antigüedad y en los precios de liquidación. Una diferencia entre el inventario teórico y el físico no equivale a ventas ocultas: puede deberse a roturas, robos, muestras entregadas a clientes, piezas en reparación o errores de codificación, y cada causa se documenta.

Márgenes por familia de producto

La inspección compara el margen global de la óptica con el de otras del sector. El perito prefiere trabajar por familias: monturas de marca, monturas propias, lentes oftálmicas, lentes de contacto, gafas de sol y servicios. Una óptica con muchas promociones, packs o segundas gafas a precio reducido tendrá un margen medio inferior sin que haya irregularidad. Mostrar el margen por familia, con ejemplos de promociones documentadas, explica una cifra que globalmente parece baja.

Cobros, efectivo y estimación indirecta

Las entidades que gestionan los cobros con tarjeta informan a la Administración de lo cobrado por cada establecimiento, y esa información se cruza con las ventas declaradas. El perito concilia los cobros por datáfono con los tickets y las facturas, y explica los desfases de abono. Para el efectivo recuerda el límite de 1.000 euros en operaciones entre empresarios o profesionales, aunque en la venta al consumidor final la prueba de la caja diaria es la que ofrece mayor seguridad.

Si la Administración considera que la contabilidad no permite una determinación exacta, puede acudir a la estimación indirecta del art. 53 de la Ley General Tributaria. Es un método excepcional, que exige que concurra alguno de los supuestos legales y que se motive. El perito demuestra que había documentación suficiente, como órdenes, albaranes y cierres, y que la reconstrucción directa es posible y más fiable. Nuestro artículo sobre la impugnación de la estimación indirecta desarrolla esta línea.

Prorrata, operaciones vinculadas y plazos

Si la óptica presta servicios exentos, como determinadas revisiones visuales, y vende productos sujetos, la deducción del IVA soportado queda limitada. Procede analizar la prorrata y, si se cumplen las condiciones, los sectores diferenciados del art. 9.1.º.c. Y en cadenas, franquicias o grupos, las operaciones entre sociedades vinculadas deben valorarse a precio de mercado según el art. 18 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, algo habitual cuando una sociedad centraliza compras o cobra servicios de gestión.

Las actuaciones inspectoras tienen un plazo general de 18 meses, ampliable a 27, de modo que hay margen para preparar el informe, pero no para dejarlo hasta el final. Un informe pericial tributario debe incluir el alcance, la metodología, la muestra analizada, la reconstrucción de ventas por familia, la valoración del inventario, la conciliación de cobros, el cálculo de prorrata y la cuantificación de diferencias con la propuesta. Su mayor valor es llegar a tiempo para influir en ella.

Preguntas frecuentes

¿Qué tipo de IVA se aplica a las gafas graduadas y a las de sol?

Las gafas graduadas y las lentes de contacto graduadas tributan, en general, al 4 %. Las gafas de sol sin graduación, los estuches y los líquidos de mantenimiento tributan al 21 %. La factura debe desglosar cada concepto para que se pueda verificar el tipo aplicado.

¿Qué documento es más útil para reconstruir las ventas de una óptica?

La orden de trabajo, porque une la receta, la montura, las lentes, el coste del laboratorio y el precio de venta. Con una muestra de órdenes se calcula el margen real por producto y se contrasta con la contabilidad y con la propuesta de la inspección.

¿Una diferencia de inventario implica ventas no declaradas?

No necesariamente. Puede deberse a roturas, muestras, piezas en reparación, robos o errores de codificación. El perito documenta cada causa con registros y evidencias, y separa lo explicado de lo que queda pendiente, que es lo que la inspección puede discutir.

¿Cuándo puede Hacienda aplicar la estimación indirecta a una óptica?

Solo si concurre alguno de los supuestos legales, como que la contabilidad sea insuficiente o no se aporte, y si lo motiva. Si existen órdenes, albaranes y cierres de caja que permiten una determinación directa, el perito puede cuestionar que el método sea procedente.

Por Luis Miguel Larriba, Socio Director de LRB Tax & Legal. Contenido informativo.

Si su óptica ha recibido un requerimiento o necesita una reconstrucción independiente de ventas y existencias, puede escribir a Contacto@LRB.es o llamar al +34 684 234 831.