Peritaje tributario para influencers: qué puede acreditar

El peritaje tributario para influencers es un informe técnico y razonado que acredita hechos y cálculos con relevancia fiscal: dónde se localiza el IVA de una campaña, cuánto vale un canje, si las cifras cuadran con las plataformas y cómo se califica la actividad. Se incorpora al expediente como prueba y debe valorarse con rigor.

Un creador de contenido combina ingresos de origen muy distinto: pagos de agencias españolas, abonos de marcas extranjeras, reparto de plataformas, productos regalados y estancias pagadas. Cada flujo plantea una pregunta técnica que no se resuelve con una interpretación general, sino con hechos probados y cifras reconstruidas. Ahí interviene el perito.

Este artículo explica qué cuestiones puede acreditar un perito, cómo se aporta su informe al procedimiento y qué valor probatorio merece. Para el marco general de la tributación del sector puede consultarse la guía sobre la fiscalidad de las influencers y creadores de contenido.

Qué es un peritaje tributario aplicado a un creador de contenido

Un peritaje tributario es el dictamen de un profesional con conocimientos técnicos especiales sobre una materia fiscal o contable. No sustituye a la defensa jurídica ni opina sobre quién tiene razón en abstracto. Reconstruye los hechos, aplica la norma a esos hechos y expone el resultado de forma verificable.

En el caso de un influencer, el expediente suele girar en torno a pocas cuestiones: qué se cobró, de quién, por qué servicio, en qué país se prestó, cuánto valían los pagos en especie y si la actividad es empresarial o profesional. Son preguntas de hecho y de cálculo, y por eso se prestan a la prueba pericial.

La Administración y el contribuyente actúan como partes del procedimiento. Ambas soportan la carga de acreditar los hechos que sostienen su posición. Un informe pericial bien construido es prueba válida y merece la misma consideración que la opinión del inspector, siempre que explique su método y sus fuentes.

Localización del IVA por utilización efectiva

La regla general es que un servicio de publicidad prestado a un empresario establecido fuera del territorio de aplicación del impuesto no queda sujeto a IVA en España. Así lo prevé el artículo 69.Uno de la Ley del IVA. Sin embargo, existe una cláusula que puede alterar ese resultado.

Se trata de la utilización o explotación efectiva del artículo 70.Dos de la Ley del IVA. Según la Dirección General de Tributos, puede localizar en España ciertos servicios de publicidad cuando se difunden desde nuestro territorio. La propia Administración reconoce que es una cuestión de hecho, que se valora caso por caso con la prueba aportada.

Aquí el perito aporta lo que un escrito jurídico no puede. Puede documentar desde dónde se publica el contenido, qué audiencia tiene por territorio, qué contrato rige la campaña y qué parte del servicio se consume realmente en España. Con esos datos, el informe propone una localización razonada y cuantificada.

Conviene recordar además que la facturación no desaparece cuando la operación no está sujeta. El artículo 164.Uno.3.º de la Ley del IVA obliga a expedir factura, y el Reglamento de facturación admite que la emita el destinatario si existe acuerdo previo, aceptación de cada factura y envío de copia. El perito puede verificar que estos requisitos se cumplieron.

Valoración de canjes y pagos en especie

Un canje es la entrega de productos, estancias o cenas por parte de una marca a cambio de una publicación. Aunque no medie dinero, constituye una contraprestación no dineraria. Es ingreso para el creador y se valora por su valor normal de mercado.

La operación está sujeta aunque no se pague en euros, de modo que debe documentarse su valor y emitirse la correspondiente factura. El conflicto aparece cuando la Administración fija un valor y el contribuyente defiende otro. Si el producto es una prenda de edición limitada o una estancia en temporada baja, el precio de catálogo puede no reflejar el valor real.

El perito reconstruye ese valor con método. Compara precios de operaciones equivalentes, descuenta lo que el creador no pudo utilizar y deja constancia de cada hipótesis. Un cuadro de canjes ordenado por fecha, marca y valor facilita que el órgano de inspección lo contraste y lo discuta con datos.

Conciliación de ingresos con plataformas y declaraciones

La Administración recibe información de terceros. El modelo 238 (DAC7) es una declaración informativa de los operadores de plataforma sobre quienes prestan servicios o venden a través de ellas. Es un cruce de datos que puede mostrar cifras superiores a las declaradas.

Una diferencia entre lo informado y lo declarado no equivale a un ingreso oculto. Puede deberse a importes brutos que incluyen comisiones, a devoluciones, a pagos que corresponden a otro ejercicio o a cobros de terceros que la plataforma canaliza. Solo una conciliación documentada permite separar cada concepto.

El perito parte de los extractos de la plataforma, los movimientos bancarios, las facturas y los contratos. Construye una conciliación partida a partida, identifica las diferencias y las explica. Su informe permite que el órgano de inspección compruebe cada paso y no tenga que fiarse de una afirmación genérica.

Este trabajo resulta especialmente útil cuando hay pagos desde el extranjero. Los abonos de plataformas o marcas no residentes plantean además cuestiones de retención y de residencia del pagador, que el informe puede ordenar y soportar documentalmente.

Calificación empresarial o profesional de la actividad

La calificación de la actividad tiene consecuencias prácticas. Determina el epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas, el tipo de retención aplicable y la forma de cuantificar el rendimiento. En una consulta vinculante sobre una influencer que publica vídeos y fotografías propios, la Dirección General de Tributos entendió que no existe epígrafe específico y aplicó por analogía los de producción de películas y servicios fotográficos, como actividades empresariales y no profesionales.

Esa respuesta pertenece a un caso concreto y no debe generalizarse. Otra consulta reconoció como profesional la actividad en circunstancias distintas. La calificación depende de lo que el creador hace realmente: si produce piezas audiovisuales, si presta servicios personales o si combina ambas cosas.

El perito describe esa actividad con precisión. Analiza los contratos, los entregables, los medios empleados y la organización del trabajo, y relaciona cada elemento con el criterio aplicable. Esta descripción técnica es la base sobre la que el abogado construye después el argumento jurídico.

Cómo se incorpora el informe al expediente

El informe puede aportarse en distintos momentos: durante las actuaciones inspectoras, en el trámite de alegaciones o en la fase de recurso. Cuanto antes se aporte, antes puede influir en la propuesta de regularización. Aportarlo solo al final obliga a recurrir para que alguien lo analice.

Para que el informe sea útil, debe cumplir unos requisitos de forma:

  • Identificar con claridad el encargo y las preguntas que responde.
  • Enumerar los documentos y las fuentes que se han examinado.
  • Explicar el método de cálculo y las hipótesis adoptadas.
  • Separar los hechos comprobados de las valoraciones del perito.
  • Incluir anexos que permitan reproducir los cálculos.

Para profundizar en esta fase puede consultarse el artículo sobre el informe pericial en una inspección tributaria, así como la explicación de qué es un informe pericial tributario y cuándo conviene encargarlo.

Valor probatorio del informe pericial

El informe no vincula automáticamente a quien resuelve, pero tampoco puede ignorarse. Su fuerza depende de la solidez de su método, de la transparencia de sus fuentes y de su coherencia con el resto de la prueba.

La Administración cuenta con inspectores especializados, y su opinión técnica merece respeto. Pero no es una verdad indiscutible. Cuando un perito contradice un cálculo con datos verificables, lo razonable es que quien resuelve explique por qué prefiere una conclusión a otra.

Por ello el planteamiento adecuado no es defensivo ni temeroso. La inspección es un procedimiento con dos partes, ambas obligadas a probar lo que afirman. Un contribuyente que presenta un informe pericial riguroso ejerce un derecho y facilita la decisión correcta. Es el enfoque que adoptan la defensa fiscal con LRB y el informe pericial para influencers de ValiTax.

Contexto de control y plazos de la inspección

El Plan de Control Tributario 2026 señala el marketing de influencia entre los nuevos modelos de negocio cuya correcta tributación se verificará. Menciona expresamente las publicaciones patrocinadas, las reseñas y los eventos promocionales. Es razonable que los creadores ordenen su documentación con antelación.

Las actuaciones inspectoras tienen una duración general de 18 meses, ampliable, y el derecho de la Administración a determinar la deuda prescribe a los cuatro años según la Ley General Tributaria. Las sanciones por dejar de ingresar oscilan entre el 50 % y el 150 % de la cuota. Estos plazos y márgenes explican por qué conviene reunir la prueba pronto.

También ayuda un sistema de facturación íntegro y trazable. Una contabilidad ordenada, contratos escritos con cada marca y un registro de canjes reducen el margen de discrepancia. Para otros supuestos de prueba en el entorno digital, puede verse el análisis del perito en la economía digital y DAC7.

Preguntas frecuentes sobre el peritaje tributario para influencers

¿Cuándo conviene encargar un peritaje tributario a un influencer?

Conviene encargarlo cuando existe una discrepancia técnica que depende de hechos y cálculos: localización del IVA, valor de canjes o diferencias con plataformas. Cuanto antes se incorpore al expediente, más posibilidades tiene de influir en la propuesta de la inspección y de evitar un recurso posterior.

¿El perito puede decidir dónde tributa el IVA de una campaña?

No decide, pero sí acredita los hechos de los que depende la localización. Documenta desde dónde se difunde el contenido, qué contrato rige la campaña y qué parte del servicio se utiliza en España. Con esos datos propone una conclusión razonada que el órgano competente debe valorar.

¿Cómo se valora un producto recibido en un canje?

Se valora por su valor normal de mercado, no necesariamente por el precio de catálogo. El perito compara operaciones equivalentes, documenta sus hipótesis y refleja cada canje en un cuadro por fecha, marca y valor. Después debe emitirse la factura correspondiente aunque no se haya cobrado dinero.

¿Una diferencia con el modelo 238 implica que hay ingresos ocultos?

No necesariamente. La diferencia puede deberse a comisiones incluidas en el importe bruto, devoluciones, cobros de otro ejercicio o pagos canalizados por terceros. Una conciliación documentada partida a partida permite explicar cada concepto y demostrar qué parte corresponde realmente a ingresos del creador.

¿Tiene el informe pericial el mismo valor que la opinión del inspector?

Debe recibir la misma consideración como medio de prueba, aunque no vincule automáticamente. Se valora según su método, sus fuentes y su coherencia con el resto del expediente. Si contradice un cálculo con datos verificables, quien resuelve ha de motivar por qué prefiere otra conclusión.

Conclusión

El peritaje no es un trámite defensivo, sino una herramienta de prueba. Permite que cuestiones de hecho y de cálculo, como la localización del IVA, el valor de un canje o la conciliación con plataformas, lleguen al expediente con método y soporte documental. Quien afirma un hecho debe poder probarlo, y eso vale para ambas partes.

Artículo elaborado por Luis Miguel Larriba, Socio Director de LRB Tax & Legal. Contenido informativo, actualizado a 15 de octubre de 2026.